Qué ha cambiado y desde cuándo
Desde el 1 de octubre de 2026 está en vigor el Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación. Su objetivo es proteger a los usuarios más vulnerables de la vía: quienes van en patinete, en moto o en bici.
Las propias policías locales lo están explicando estos días en redes sociales. Aquí te resumimos lo más importante, punto por punto, para que no te pille por sorpresa.
Patinetes eléctricos: edad mínima, casco y visibilidad
Si usas un patinete eléctrico (lo que la norma llama vehículo de movilidad personal o VMP), estas son las nuevas obligaciones:
- Edad mínima de 15 años. Los menores de 15 años ya no pueden conducirlos.
- Casco obligatorio, homologado o certificado y bien abrochado.
- Visibilidad de noche. De noche o con poca visibilidad tendrás que llevar un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros, como un chaleco reflectante.
- Chaleco siempre si es tu trabajo. Si usas el patinete de forma profesional (por ejemplo, repartos), el chaleco de alta visibilidad es obligatorio de día y de noche.
- Señaliza con el brazo tus maniobras y recuerda que no puedes circular por autopistas, autovías ni travesías.
No llevar casco o el elemento reflectante cuando toca supone una multa de 200 euros.
Motos y ciclomotores: guantes, calzado cerrado y chaleco
El equipamiento del motorista pasa a ser obligatorio, tanto para el conductor como para el pasajero:
- Guantes de protección en vías interurbanas. En ciudad no son obligatorios. Mientras no se publique la orden ministerial que fije sus características, sirven los guantes de moto que se usan hoy.
- Calzado cerrado que cubra todo el pie, en cualquier vía, también en ciudad. Se acabaron las chanclas y las sandalias en moto.
- Chaleco reflectante en la moto. Tienes que ponértelo si bajas del vehículo y ocupas la calzada o el arcén de una vía interurbana, por ejemplo por una avería o una emergencia. Lo práctico es llevarlo siempre bajo el asiento.
Cada uno de estos incumplimientos se sanciona con 200 euros (100 euros con pronto pago), sin pérdida de puntos.
Adelantar a un ciclista: 20 km/h menos y 1,5 metros
Fuera de poblado, cuando adelantes a un ciclista tendrás que reducir tu velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía durante toda la maniobra. En una carretera limitada a 90 km/h, irás como máximo a 70 km/h.
Además, debes dejar una distancia lateral de seguridad de al menos 1,5 metros. Si la vía tiene más de un carril por sentido, tendrás que cambiarte de carril por completo.
Motos por el arcén en las retenciones
Es una de las novedades que más se comenta: en determinados atascos, las motos podrán circular por el arcén derecho. Pero no vale en cualquier sitio. Tienen que darse todas estas condiciones a la vez:
- Que sea un tramo habilitado por la autoridad de tráfico.
- Que esté señalizado con señales verticales y marcas viales.
- Que el tráfico esté detenido por congestión, no solo lento.
- Ir a 30 km/h como máximo.
- Circular en fila de a uno y extremando la precaución.
Ojo: la medida no se aplica sola desde el 1 de octubre. Depende de que cada administración habilite y señalice sus tramos, y algunas, como Cataluña, ya han dicho que no la aplicarán. Si no ves la señal, el arcén sigue prohibido.
Otras novedades que conviene conocer
Además de lo que te hemos contado, la reforma trae otros cambios:
- Casco en bicicleta, sin excepciones en vías interurbanas. Hasta ahora el casco era obligatorio fuera de poblado, pero no había que llevarlo en rampas ascendentes prolongadas, por razones médicas o con calor extremo. La reforma suprime esas exenciones, así que ahora es obligatorio siempre en vías interurbanas. Para los menores de 16 años no cambia nada: deben llevarlo en cualquier tipo de vía.
- Carril de emergencia en autopistas y autovías. Si hay una retención, los vehículos tienen que apartarse para dejar un espacio libre a los servicios de emergencia. Con dos carriles por sentido, el hueco se abre en el centro, entre los dos carriles. Con tres o más, se abre entre el carril de la izquierda y el que está a su lado: los del carril izquierdo se apartan todo lo posible a la izquierda y el resto, a la derecha.
- Calles de plataforma única. En las zonas donde la acera y la calzada están al mismo nivel, el peatón tiene prioridad de paso en cualquier punto de la calzada.
Lo que llega el 1 de octubre de 2027
Hay dos obligaciones de esta reforma que tienen un año de margen:
- Nuevos cascos de ciclomotor. Los cascos que se usan hoy en ciclomotor se pueden seguir utilizando hasta el 1 de octubre de 2027. A partir de esa fecha tendrán que cumplir la nueva homologación.
- Luz del patinete encendida también de día. Desde el 1 de octubre de 2026, la luz del patinete es obligatoria de noche o con poca visibilidad. A partir del 1 de octubre de 2027 tendrá que ir encendida siempre, también de día.
Resumen rápido
| Quién | Qué cambia | Dónde | Multa |
|---|---|---|---|
| Patinete | Edad mínima de 15 años | Todas las vías | — |
| Patinete | Casco homologado | Todas las vías | 200 € |
| Patinete | Elemento reflectante de noche o con poca visibilidad | Todas las vías | 200 € |
| Moto y ciclomotor | Guantes (conductor y pasajero) | Vías interurbanas | 200 € |
| Moto y ciclomotor | Calzado cerrado | Todas las vías | 200 € |
| Moto y ciclomotor | Chaleco al bajarse | Vías interurbanas | 200 € |
| Moto | Arcén en retenciones, a 30 km/h | Solo tramos señalizados | — |
| Coches y otros | Adelantar ciclistas: −20 km/h y 1,5 m | Fuera de poblado | — |
Las multas de 200 € se quedan en 100 € con pronto pago y no restan puntos.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que comprarme guantes nuevos para la moto?
No. Mientras no se publique la orden que fije sus características técnicas, valen los guantes de moto que ya usas.
¿Puedo ir en moto con zapatillas?
Sí, siempre que sean cerradas y cubran todo el pie. Lo que ya no se permite son sandalias, chanclas o calzado abierto.
¿Mi hijo de 14 años puede usar el patinete eléctrico?
No. Desde el 1 de octubre de 2026 la edad mínima para conducir un patinete eléctrico es de 15 años.
¿Puedo meterme por el arcén con la moto en cualquier atasco?
No. Solo en tramos habilitados y señalizados, con el tráfico detenido, a 30 km/h como máximo y en fila.
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Fuentes
- Real Decreto 518/2026, BOE del 26 de junio de 2026
- Motor y Racing: todo lo que cambia para las motos
- Diario de León: lo que entra el 1 de octubre y lo que llega en 2027
- Somos Eléctricos: cambios desde el 1 de octubre
- Vídeos en Instagram de la Policía Local de Chella (@policialocalchella) y de la Guàrdia Urbana de Barcelona


