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Condenan al Instituto Catalán de la Salud por demorar nueve meses una cirugía por fractura de húmero

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Barcelona ha condenado al ICS como responsable de la deficiente asistencia sanitaria prestada a una paciente en el Hospital  V. H.

La Sra. contaba con 47 años de edad, cuando tras sufrir una accidente casual que le provocó una fractura diafisaria de húmero derecho, se dirigió al Hospital  V H donde se procedió a tratamiento mediante inmovilización con férula de yeso y cabestrillo.

La reclamación que hizo este despacho, se ha sostenido en base al retraso inexplicable en intervenirla. La fractura se produjo el 18/10/2013 y no se trata quirúrgicamente hasta el 11/7/2014, a pesar de que las evidencias radiológicas revelaron durante todo ese tiempo que no había signos de consolidación de la fractura.

Tras la operación, necesariamente el brazo hubo de permanecer más tiempo inmovilizado hasta que comenzara la rehabilitación, con lo que la paciente permaneció casi un año sin mover el hombro derecho y como consecuencia sufre de hombro congelado.

La sentencia reconoce, que si bien el tratamiento conservador fue correcto inicialmente, tras el TAC que se le hace 12 semanas después, la evidencia de ausencia de consolidación hacía necesario el tratamiento quirúrgico que se demoró aún 6 meses más. La sentencia acoge los daños y perjuicios que el ICS debe asumir y que ya ha indemnizado a nuestra clienta.

Ámbito del caso: Civil

Defensa Jurídica del caso:  Luisa Blanco Delgado, Abogada de Servicios Jurídicos Verdún.

Sentencia

El Diario.es

El Mundo

La Vanguardia

Cope

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